La restricción afecta al uso de desbrozadoras, radiales, amoladoras y otras herramientas que puedan generar chispas en zonas forestales y áreas próximas a la vegetación.
La Comunidad de Madrid ha decretado la suspensión temporal del uso de maquinaria susceptible de generar chispas, calor o descargas eléctricas debido al riesgo extremo de incendios forestales. La medida afecta a toda la región, incluido Boadilla del Monte, y estará vigente desde las 14:00 horas del 7 de julio y durante toda la jornada del 8 de julio.
La resolución, publicada por la Dirección General de Emergencias dentro del Plan Especial de Protección Civil de Emergencia por Incendios Forestales (INFOMA), también prohíbe el lanzamiento de fuegos artificiales en terrenos forestales y en una franja de 400 metros alrededor de estas zonas. Asimismo, queda suspendido el uso de maquinaria como desbrozadoras, radiales, amoladoras, sopletes y cualquier otro equipo que pueda provocar una chispa y originar un incendio.
La restricción cobra una especial importancia en Boadilla del Monte, un municipio con amplias zonas residenciales situadas junto a espacios naturales y masas forestales, donde la prevención resulta fundamental durante los episodios de altas temperaturas.La Comunidad de Madrid recuerda que casi la mitad de los incendios forestales que se producen en verano tienen su origen en el uso inadecuado de maquinaria capaz de generar chispas o calor. Por este motivo, solicita a ciudadanos, empresas y profesionales extremar la precaución durante la época de mayor riesgo, que se prolonga entre el 15 de mayo y el 31 de octubre.
El uso negligente de maquinaria puede constituir un delito
El Gobierno regional advierte de que provocar un incendio por una conducta negligente puede constituir un delito, incluso cuando se disponga de la autorización administrativa correspondiente. En estos casos, la responsabilidad recae sobre la persona que haya originado el fuego.
Autorizaciones para trabajos cerca de zonas forestales
La normativa establece que los trabajos con maquinaria capaz de producir chispas en terrenos forestales requieren una autorización específica de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 (ASEM112). Cuando estas labores se desarrollen en suelo urbano a menos de 50 metros de una masa de vegetación, corresponde a cada ayuntamiento regular las condiciones para su realización.Además, el Cuerpo de Agentes Forestales de la Comunidad de Madrid realiza inspecciones periódicas para verificar el cumplimiento de estas medidas y puede ordenar la paralización inmediata de los trabajos si detecta incumplimientos.






