- También se establecerá como requisito acreditar empadronamiento en la región durante un mínimo de 10 años
- La normativa se encuentra actualmente en fase de tramitación, con un periodo de audiencia e información pública previo a su entrada en vigor en julio
La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, ha anunciado hoy que las personas condenadas por ocupación no podrán acceder a un inmueble protegido en la región durante cinco años. Díaz Ayuso ha avanzado esta medida en un encuentro informativo Nueva Economía Fórum, que se incluirá en el nuevo Reglamento de Vivienda, actualmente en fase de tramitación, que prevé un periodo de audiencia e información pública, y cuya aprobación está prevista para el mes de julio.
“Vamos a seguir reforzando nuestra lucha contra la ocupación a pesar de tener unas competencias limitadas”, ha indicado la presidenta tras adelantar esta medida, que tiene como objetivo modernizar el marco normativo vigente, mejorar la eficacia de las políticas públicas en la materia y reforzar la defensa de la legalidad.
El texto establecerá que cualquier persona condenada por sentencia firme por los delitos de allanamiento de morada o usurpación de vivienda no podrá beneficiarse de una vivienda protegida si se produjo en los cinco años anteriores a la solicitud. Además, y como novedad, la norma fijará el requisito de acreditar empadronamiento en la Comunidad de Madrid durante un periodo mínimo de 10 años antes de poder optar a una vivienda protegida. Esta condición pretende priorizar la vinculación estable con la región de los beneficiarios y asegurar que los recursos públicos se destinan a quienes contribuyen de manera continuada a su desarrollo.






